B
Monotributo 2026

Categoría B — para quienes facturan poco más que el mínimo

Un escalón arriba de A. Sigue siendo una categoría chica, ideal para quien tiene la actividad como complemento a un trabajo en relación de dependencia o como freelancer part-time.

Tope facturación anual

$ 17.595.183

Sumando facturas de los últimos 12 meses

Tope mensual aprox.

$ 1.466.265

Promedio mensual antes de recategorizarte

Cuota mensual

$ 56.379

Impuesto + jubilación + obra social

¿Quién encaja en categoría B?

  • Diseñadores o redactores freelance part-time
  • Profesores de yoga, idiomas o instrumentos con varios alumnos
  • Comerciantes de productos artesanales con ventas regulares
  • Consultores ocasionales que complementan otro ingreso fijo

Cuándo conviene categoría B

Si pasaste el tope de A pero todavía estás bien lejos del C, esta es tu categoría. También si arrancás una actividad y proyectás que vas a facturar más que el mínimo de A en los primeros 6 meses.

!Qué pasa si superás el tope

Al superar el tope de B en los últimos 12 meses, en la próxima recategorización pasás a Categoría C.

Comparativa con categorías vecinas

CategoríaTope anualCuota mensual
Categoría A$ 12.009.410$ 49.527
Categoría B (esta página)$ 17.595.183$ 56.379
Categoría C$ 24.670.494$ 66.020

¿Querés ver toda la tabla completa? Ver las 11 categorías →

Controlá tu progreso en categoría B con ContaSilvia

Conectá tus facturas y mirá en tiempo real cuánto te queda para llegar al tope. Te avisamos al 80%, 90% y 100% para que no te pase un susto.

Preguntas frecuentes sobre categoría B del Monotributo

La cuota de B es aproximadamente un 50% más que la de A. La diferencia se reparte entre los tres componentes: impuesto integrado, jubilación y obra social.

Sí. Al darte de alta podés elegir cualquier categoría dentro de la que vaya a quedar tu facturación proyectada. No es obligatorio empezar en A.

Solo si el cliente es Responsable Inscripto que te lo pida. En general el monotributista emite Factura C, que sirve para todo tipo de cliente.

Sí, no hay incompatibilidad. Tu trabajo en relación de dependencia es independiente del Monotributo. Solo se controla la facturación de tu actividad por cuenta propia.