Categoría E — la categoría del freelance senior
Categoría típica del profesional independiente con experiencia, contratos consolidados y facturación predecible. La cuota es notable pero aún muy por debajo del Régimen General.
Tope facturación anual
$ 36.028.231
Sumando facturas de los últimos 12 meses
Tope mensual aprox.
$ 3.002.353
Promedio mensual antes de recategorizarte
Cuota mensual
$ 119.811
Impuesto + jubilación + obra social
¿Quién encaja en categoría E?
- ✓Desarrolladores semi-senior con cliente de exterior
- ✓Contadores y abogados independientes establecidos
- ✓Consultores de marketing o estrategia con cartera estable
- ✓Comercios con buena rotación o múltiples canales de venta
✓Cuándo conviene categoría E
Sos un profesional bien pago de tu rubro o un comercio chico exitoso. Tu facturación es estable mes a mes y ya no es un problema "llegar al tope" — el desafío es no pasarte.
!Qué pasa si superás el tope
De E a F el salto es el típico del freelance que consigue un cliente premium. La cuota sube proporcionalmente con la facturación.
Comparativa con categorías vecinas
| Categoría | Tope anual | Cuota mensual |
|---|---|---|
| Categoría D ← | $ 30.628.651 | $ 84.613 |
| Categoría E (esta página) | $ 36.028.231 | $ 119.811 |
| Categoría F → | $ 45.151.659 | $ 150.784 |
¿Querés ver toda la tabla completa? Ver las 11 categorías →
Controlá tu progreso en categoría E con ContaSilvia
Conectá tus facturas y mirá en tiempo real cuánto te queda para llegar al tope. Te avisamos al 80%, 90% y 100% para que no te pase un susto.
Preguntas frecuentes sobre categoría E del Monotributo
Solo si tu cliente es Responsable Inscripto y la pide expresamente. La factura A monotributista no traslada IVA discriminado pero incluye un perceptor para el comprador.
El tope se mide en pesos al tipo de cambio del día de cada factura. Si vendés en dólares y el peso se devalúa, tu facturación en pesos sube y podés saltar de categoría rápido.
No es obligatorio. Con una herramienta como ContaSilvia llevás todo solo. El contador es valioso si tenés sociedad, empleados o estructura compleja.
Sí. La cobertura de obra social no cambia entre categorías. Solo cambia el componente impositivo y, parcialmente, los aportes jubilatorios.